Para emitir comprobantes fiscales electrónicos, la empresa debe certificarse como emisor electrónico ante la DGII. El proceso tiene cuatro etapas: la solicitud, el set de pruebas, la declaración jurada y la autorización.
Antes de empezar
Para presentar la solicitud, la DGII pide:
- El RNC actualizado.
- La clave de acceso a la Oficina Virtual.
- La autorización para emitir comprobantes fiscales.
- El certificado digital para procedimiento tributario. Cómo obtenerlo.
- Un sistema para la emisión de comprobantes fiscales electrónicos.
- Las obligaciones tributarias al día.
1. La solicitud
En la Oficina Virtual de la DGII, en el menú Solicitudes, se elige «Solicitud para ser Emisor Electrónico» y se completa el formulario FI-GDF-016. La solicitud no tiene costo y la DGII responde en un día laborable.
La respuesta llega al buzón de mensajes de la Oficina Virtual. Si se aprueba, incluye el enlace al portal de certificación, donde se realizan las pruebas.
2. El set de pruebas
En el portal de certificación, el sistema de facturación de la empresa demuestra que emite, envía y recibe correctamente los comprobantes electrónicos. La DGII organiza el set de pruebas en catorce pasos:
- Registrado
- Pruebas de datos
- Prueba de datos de aprobaciones o rechazos comerciales
- Pruebas de simulación
- Pruebas de simulación de la representación impresa
- Validación de la representación impresa
- URL del servicio de prueba
- URL de pruebas de comunicación
- Recepción de e-CF
- Inicio de la prueba de aprobaciones comerciales
- Recepción de aprobaciones comerciales
- URL de los servicios de producción
- Declaración jurada
- Verificación del estatus del contribuyente
Las pruebas incluyen los datos de los comprobantes, la simulación de facturas, la representación impresa, la comunicación con los servicios de la DGII y las aprobaciones comerciales entre emisor y receptor.
3. La declaración jurada
Al terminar las pruebas, la empresa descarga la declaración jurada, la firma con el certificado digital y la envía desde el portal. La DGII verifica que la firma sea del representante indicado y que el contribuyente mantenga su estatus: obligaciones tributarias al día, clave de la Oficina Virtual, autorización para emitir comprobantes fiscales y representante registrado.
4. La autorización
Con las pruebas completadas y la declaración jurada aceptada, la DGII autoriza a la empresa como emisor electrónico y habilita en la Oficina Virtual el menú de facturación electrónica.
Si usa un sistema comercial
En el formulario del portal de certificación se indica si el sistema de facturación se desarrolló dentro de la empresa o se adquirió de un proveedor externo. Si se adquirió, se completan los datos del proveedor.
Le acompañamos en las cuatro etapas.
Nuestro equipo realiza con usted el proceso ante la DGII, desde la solicitud hasta la primera factura electrónica aceptada. Solicite una demostración.
Fuentes oficiales
- Proceso de certificación para ser emisor electrónico (DGII)
- Ayuda de la DGII: cómo solicitar la autorización para ser emisor electrónico (CA4001)
- Instructivo de la DGII: solicitud de usuario administrador de e-CF
- Ley núm. 32-23 de Facturación Electrónica
Esta guía es informativa y no sustituye la consulta de las normas ni la orientación de un contador.